En los momentos actuales el gasto público centra el interés del sector público local. Si el Preámbulo de la LRBRL resumía el propósito de la misma cuando señaló: «decir Régimen Local es decir autonomía», años más tarde en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local se afirma: «La reforma del artículo 135 de la Constitución española,
, consagra la estabilidad presupuestaria como principio rector que debe presidir las actuaciones de todas las Administraciones Públicas.» Por tanto, la evolución de la Hacienda municipal es y será consecuencia de este giro hacia el gasto público, sin olvidar que la suficiencia financiera de los Municipios a día de hoy no está resuelta. En este contexto de cambios se afronta el análisis de la financiación local a través de su normativa reguladora que pretende conocer el grado de realización efectiva de los principios de autonomía y suficiencia financiera, principios rectores de la Hacienda local. Dos son las principales conclusiones obtenidas: la primera, referida al principio de autonomía, que la autonomía financiera ha sufrido en sus dos vertientes, ingreso y gasto, un duro recorte debido a la incidencia de la normativa estatal que deriva de la reforma del artículo 135 de la Constitución que consagra el principio de estabilidad presupuestaria como principio constitucional; y la segunda, relacionada con el principio de suficiencia, que su régimen jurídico regulador no ha solventado la dificultad ya tradicional de la Hacienda local, y consecuentemente municipal, de la falta de recursos. Por ello es fundamental la efectiva realización de ambos principios, pues garantizan la solvencia financiera de la Administración más próxima a los ciudadanos y por ende, la prestación de unos servicios de calidad a los mismos.